Por Iván Díaz(*)
El Ministerio de Interior y Policía acaba de lanzar un misil contra la Constitución. Bajo el disfraz de "prevención", la Resolución 0001-2026 pretende suspender libertades que solo el Congreso Nacional puede tocar. ¿Desde cuándo una firma ministerial tiene más peso que nuestra Carta Magna?
El debate arde: empresarios, comunicadores y juristas pegan el grito al cielo. No es solo orden público; es una usurpación de funciones. Al prohibir fiestas privadas y secuestrar la venta de alcohol, el Estado anula la Libertad de Empresa (Art. 50) y el Derecho de Reunión (Art. 48). Peor aún, la resolución es un monumento a la vaguedad: ¿Qué es una "zona aledaña"? Esa imprecisión es el combustible perfecto para el macanazo arbitrario y el abuso policial en nuestras playas.
Jurídicamente, estamos ante un acto nulo. El Art. 74.2 constitucional es claro: solo la Ley regula derechos fundamentales. Esta resolución no es ley, es un exceso. Si permitimos que la burocracia legisle por decreto, mañana cualquier derecho será un privilegio revocable.
El orden no se negocia con tiranía administrativa.

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